Presidencia de la Nación

Narcotráfico


Se incorporan los delitos de narcotráfico y tráfico de estupefacientes de la Ley 23.737 al Código Penal y se aumentan las escalas penales de los delitos actualmente previstos en la ley especial, diferenciando según la gravedad de la conducta. Se parte de la actual escala penal para quienes siembren, cultiven o guarden plantas o semillas aptas para la producción de estupefacientes y se aumenta la escala penal de prisión para los eslabones más peligrosos de la cadena del narcotráfico: la fabricación, producción y la comercialización de estupefacientes.

Además, se aumenta el mínimo de la pena del tráfico de estupefacientes cuando se trate de pasta base de cocaína (PACO) o cualquier otra sustancia de desecho o residual que se genere en el proceso de producción.
Por otra parte, se incorporan nuevas agravantes a las actualmente previstas por la ley de drogas, entre las cuales se encuentran la provisión de estupefacientes a menores de edad o a personas sometidas a tratamiento de desintoxicación, el uso de armas y la utilización de menores de 18 años para la producción o comercialización de estupefacientes y agrega como una nueva figura penal la organización internacional dedicada al narcotráfico.

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