Presidencia de la Nación

Presentar Declaración Jurada para funcionarios públicos

Te explicamos en qué casos y cómo tenés que realizar la presentación.

Gratuito

Según el nivel jerárquico o la naturaleza de la función que ocupes en la administración pública (temporal o permanente, remunerada u honoraria), podrías estar obligado a presentar tu Declaración Jurada Integral. El área de Personal, RR. HH. o Administración del organismo de la Administración Pública Nacional determinará si estás alcanzado por esta obligación.

¿Cuándo tengo que presentarla?

Tenés que hacerlo según este cronograma:

  • una Declaración Jurada dentro de los 30 días hábiles de asumir en el cargo (Declaración Jurada de Alta);
  • una Declaración Jurada Anual, que debe ser presentada hasta el 30 de mayo del año siguiente.
  • una Declaración Jurada por cese en el cargo, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca la baja (Declaración Jurada de Baja).

¿A quién está dirigido?

A funcionarios de la Administración Pública Nacional, desde el Presidente de la Nación hasta los funcionarios con cargo de Director Nacional o equivalente, como también:

  • funcionarios o empleados públicos integrantes de comisiones de compras y contrataciones;
  • responsables de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier actividad o de controlar su funcionamiento;
  • encargados de controlar o fiscalizar ingresos públicos;
  • responsables de tareas de dirección, organización o coordinación relacionadas con los objetivos propios del área a su cargo.

¿Qué necesito?

Formulario F-1245, con tu información personal, patrimonial y tus antecedentes laborales.

Formulario F-1246: solo en caso de que estés casado, conviviendo con una pareja o tengas hijos menores.

Constancia de la transmisión electrónica a AFIP (acuse de recibo).

Sobre con este modelo de solapa.

¿Cómo hago?

1

Ingresá al sitio web de AFIP registrándote como usuario con Clave Fiscal de nivel 2 y completá la información en la aplicación Declaración Jurada Patrimonial Integral - F 1245.

Si presentás los formularios de Declaración Jurada correspondientes al Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, el programa capturará la información de esas Declaraciones Juradas Impositivas.

Asimismo, si estás casado, conviviendo o tenés hijos menores no emancipados, deberás confeccionar e imprimir el Formulario AFIP 1246.

2

Imprimí los formularios completos suministrados por el sistema y colocalos en un sobre según el modelo de solapa.

Firmá toda la documentación (inclusive el sobre) y entregalo en el área de Recursos Humanos del organismo o jurisdicción en la que te desempeñás junto con las dos copias de la constancia de presentación de la DJ, llamada Presentación de DJ por Internet - Acuse de Recibo.

La información pública correspondiente a las Declaraciones Juradas será publicada por la Oficina Anticorrupción. Según la normativa (Resolución 1695/2013), una vez que el funcionario presenta la Declaración Jurada Patrimonial Integral y se verifica la transmisión electrónica por parte de AFIP, la Oficina Anticorrupción procede a su publicación dentro de los 10 días hábiles.

Consultas

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Vigencia

12 meses

La declaración jurada debe efectuarse anualmente, salvo en caso de inicio y cese en el cargo.



Scroll hacia arriba