Presidencia de la Nación

Inscripción de Mandamiento/ Oficio Judicial sobre medidas cautelares

Inscripción de Mandamiento/ Oficio Judicial sobre medidas cautelares

30 días

Presentación del mandamiento/oficio judicial, ante la División Contralor y Verificación Registral, oficina 1.04 del Edificio Guardacostas.

En el Interior del país, el solicitante se presentará ante la Dependencia de la Prefectura más cercana al lugar de su residencia, la que procederá acorde la Publicación RI PNA 5–027 (Normas para tramitar Oficios Judiciales).

¿A quién está dirigido?

Abogado o sus dependientes.

¿Qué necesito?

Mandamiento u oficio en original y copia simple autenticada. (Art 8 Ley 19.170).

¿Cómo hago?

1

Presentación de la documentación.

2

Se determinará el arancel que se deberá abonar.

Donde realizarlo
En dependencias de todo el país.

Edificio Guardacostas
Avenida Eduardo Madero 235 - CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs.
Correo electrónico: info@prefecturanaval.gov.ar
Teléfonos: (011) 4318-7400/ 7500/ 7600; (011) 4314-7000

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 30 días

Para su registración y su contestación se hace directamente al juzgado interviniente.

¿Cuál es el costo del trámite?

Consultar: "Cuadro Tarifario de Aranceles" Acorde valores establecidos, Decreto 2756/75

Vigencia


Hasta el levantamiento de la misma determinado por el Juzgado interviniente, o transcurridos 5 años desde su inscripción definitiva.



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