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Retornar a la Argentina
Exención de Impuestos Aduaneros
Los ciudadanos argentinos, con una residencia en el exterior no menor de un año y siempre que no hayan efectuado viajes ocasionales a la Argentina en dicho lapso que superen los sesenta días, a su ingreso podrán importar libre de derechos, los efectos personales y del hogar, nuevos o usados, de acuerdo con el grupo familiar; para los elementos de profesión u oficio corresponde el mismo tratamiento, siempre que no constituyeren equipos para la instalación de talleres, laboratorios y otros establecimientos comerciales, industriales o semejantes, en cuyo caso deberán gestionar previamente la pertinente autorización ante la Dirección Nacional de Migraciones.

Quedan excluidos del régimen de equipaje los automotores en general, las motocicletas, motonetas, bicicletas a motor, motores para embarcaciones, motos acuáticas y similares, casas rodantes, aeronaves, embarcaciones de todo tipo, las que podrán introducirse por los regímenes que para cada caso existan.

Cómo Proceder
a) El interesado deberá interponer la solicitud de retiro de equipaje no acompañado (formulario OM–956/A) en la División Resguardo (estación marítima Buenos Aires o dependencia análoga en otras zonas operativas), acompañando a la misma el respectivo conocimiento de embarque o su equivalente, detalle de los bienes en cuestión, fotocopia completa del pasaporte o documentación análoga en caso de tratarse de un ciudadano extranjero, además de constancia emitida por la Dirección Nacional de Migraciones que acredite su condición de residente permanente en la República Argentina.

b) El agente aduanero interviniente deberá determinar la categoría pertinente, a través de la documentación aportada.

c) En todos los casos se procederá a verificar los bienes de que se trata y se dispondrá su libramiento, de corresponder.

Ante cualquier consulta, puede enviar un correo electrónico a la Mesa de Ayuda de Aduanas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a la siguiente dirección: mayuda@afip.gov.ar
Aportes Jubilatorios
Si usted desarrolló tareas en relación de dependencia o en forma autónoma y realizó los aportes respectivos a los sistemas de seguridad social de los países que celebraron con la Argentina convenio de reciprocidad de trato en materia jubilatoria, puede solicitar el cómputo de esos años trabajados y sus aportes efectuados en el exterior para percibir una prestación por Convenio Internacional.

Puede acogerse, si reúne los requisitos estipulados en las cartillas correspondientes, a las siguientes prestaciones: Prestación Básica Universal, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia o Jubilación Ordinaria, según se encuentre afiliado al Régimen de Reparto o al de Capitalización; Prestación por Edad Avanzada; Retiro por Invalidez; Pensión por Fallecimiento de un Afiliado en Actividad y Pensión por Fallecimiento de un Beneficiario.

Para más información, dirija su consulta a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
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11:56 - Jueves 02 de Septiembre de 2010
REPRESENTACIONES ARGENTINAS
Si Ud. se encuentra en un país extranjero y necesita contactarse con la representación argentina en dicho país, obtendrá los datos necesarios para hacerlo consultando la guía realizada por la Cancillería Argentina.
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LEYES DE REPARACIÓN
Si durante las décadas del 70 y del 80, Ud. o su familia fueron víctimas de conductas represivas generadas por el Estado Nacional o por grupos que invocaban su representación, sepa en qué consisten sus derechos a una reparación por los daños sufridos.
Puede obtener información al respecto en los Consulados Argentinos en España.
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ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Esmeralda 1212.
(1007) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfono: (54–11) 4819–7000.
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Dirección Nacional de Migraciones
Av. Antártida Argentina 1355.
(1104) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfonos: (54–11) 4317–0200/0237/0238. Atención de 8 a 13 horas.
E–mail: info@migraciones.gov.ar
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Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
Hipólito Yrigoyen 370, Piso 1º
(1086) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Centro de Información Telefónica: 0810–999–2347 (afip)
E–mail: webmaster@afip.gov.ar
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