El Sistema Nacional de Medios Públicos se creó en 2001 (Decreto Nº 94/2001). La Ley de Radiodifusión (Nº 22.285 y modificatorias) declara de interés público a los servicios de radiodifusión, con el fin de satisfacer los objetivos comunitarios mediante su prestación a través del Estado Nacional y de los particulares en un pie de igualdad, priorizando un principio de subsidiariedad, que no persiga sólo fines mercantiles.
El Estado Nacional ha transferido a la actividad privada casi la totalidad de la prestación del servicio, sólo en los casos necesarios la ha efectuado por sí, a través de LS82 TV Canal 7 de televisión y de las emisoras de radiodifusión integrantes del Servicio Oficial de Radiodifusión (SOR) que conforman el conjunto denominado Radio Nacional (LRA). Esta actividad ha sido complementada por las funciones ejercidas a través de la agencia de noticias Télam S.A.I.yP.
Si desea obtener más información sobre el tema, diríjase al Sistema Nacional de Medios Públicos S.E.
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